2 dic 2008

Menores y ciberdelitos, una realidad evitable

La evolución de Internet, con nuevas aplicaciones y servicios y un ancho de banda adecuado para los contenidos audiovisuales ha cambiado el papel de los “navegantes”. Ahora somos protagonistas activos y, como tales, responsables de nuestras acciones y ediciones, muchas veces meritorias, y otras vergonzantes. La cuestión es que lo que se hace en la Red deja un poso espeso, como todo aquello que se plasma por escrito o con una imagen y que llega de un modo u otro a muchas personas.

Los ciberdelitos: una nueva realidad

La actualidad cotidiana nos trae sucesos ilícitos que relacionan adolescentes y su actividad online. En muchos casos tienen que ver con el ciberbullying o ciberacoso (amenazas, injurias…) pero hay una abundante y variada casuística: delitos contra la intimidad, estafas, daños por intrusión en sistemas ajenos, distribución de pornografía infantil. Y si es bien cierto que siempre han podido darse conductas ilícitas entre los adolescentes, la forma, disponibilidad, variedad y alcance de las que ahora estamos presenciando poco o nada tienen que ver con realidades anteriores.

Desde su propia habitación pueden cometer un delito grave, incluso sin pretenderlo o sin ser consciente de ello, en apenas 20 segundos. Por ejemplo, las amenazas que se vertieron en el fotolog del menor supuestamente implicado en el asesinato de la adolescente de Ripollet. Tuve ocasión de acceder a él horas antes de su clausura, como hicieron miles de adolescentes que, soliviantados, cometieron el delito de amenazar, de muerte en muchos casos. Al delito de amenaza le acompañan en este caso dos agravantes: hacerlo por escrito y por un medio que dificulta su identificación. Sacando este mismo comentario en una clase de cuarto de secundaria, pude observar dos cosas:

No les es fácil asimilar que la Ley se aplica en todo lugar y caso, también a los menores, también en la Red. Les cuesta asimilar que las leyes son iguales para los menores y para los mayores (aunque las sanciones se apliquen de diferente manera) y que en Internet (digamos la “vida real virtual”) opera de la misma manera que en la calle (llamemosle “vida real física”). Esperemos que no ocurra, pero es a veces tan grande la costumbre, que ésta como fuente del derecho pueda acabar reportando legitimidad o al menos cierta sensación de poseerla.

No son conscientes los menores de ciertos parámetros de la vida en sociedad garantizada, en sus derechos y deberes, por ese “reglamento” que constituyen las diferentes “normas”. Así, concebían que el supuesto culpable podía ser objeto de todo tipo de linchamiento, aún sin estar probada su autoría. No se trata ya de una condena paralela, sino que le despojaron, al menos en su espíritu, de todos los derechos como ser humano. Es por ello que tampoco se imaginaban que podría, al igual que su familia, tomar acciones legales contra quienes le amenazaban dejando plena constancia de ello. Hay otras cosas, quizás de segundo orden, que también son reveladoras en esta asunción de responsabilidad como luego comentaré.

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