14 dic 2011

La reputación digital empieza por cuidar nuestros dominios

En estos días donde se valora tanto la reputación y las empresas protegen su identidad digital, se deben poner en valor los nombres de dominio. Nuestra presencia en Internet, o la presencia de muchas empresas, es cierto que ya no se encuentra en un único sitio como sucedía hace no poco tiempo. Las empresas y marcas están interactuando en diferentes sitios, normalmente en las redes sociales. Pero en cualquier caso, todas ellas mantienen ese lugar seguro donde cobijarse y, que incluso la reciente normativa mercantil denomina, al estilo de la administración electrónica, sede electrónica. El lugar virtual, no físico, donde las empresas mantienen su sede y a la que los usuarios en última instancia podrán acudir para informarse sobre las actividades y actuaciones de la empresa en el ámbito mercantil.

Por ello, no podemos olvidarnos o rebajar la vigilancia hacia nuestros nombres de dominio. No ya sólo por el peligro que tiene perderlo, que en algunos casos puede ser una catástrofe que lleve a la quiebra del negocio, sino más bien por controlar ciertas actividades parasitarias que pueden rodear a nuestros dominios y que generan una merma en nuestra reputación online. Actividades parasitarias como el typosquatting (esto es, el registro de nombres de dominio con errores tipográficos de la marca o nombre de dominio al que realmente el usuario se quiera dirigir), o dominios muy semejantes al nuestro que llevan al usuario a la competencia o a webs que denigren nuestra imagen (esto es aquellos casos en el que el usuario no cae en la cuenta del error creyéndose que la pagina a la que ha sido redirigido pertenece a la empresa en cuestión), son actividades o actitudes que deben ser tenidas en cuenta y no permitidas a fin de conseguir una buena gestión de nuestra propia reputación, sin entrar a valorar los daños que pueden generar por descenso en ventas, etc.

Las empresas deben controlar qué está sucediendo alrededor de su sede virtual y ponderar las acciones a emprender según los casos, parasitarios o no, que se puedan estar produciendo. Todo ello, siempre siendo conscientes, encaminados tanto a la protección marcaria como a la gestión de la reputación de la empresa. Asimismo, también es cierto que en un mundo globalizado los nombres de dominio pueden estar conviviendo en situaciones de semejanza y con una competencia leal y permitida, así como coexistiendo con otros nombres de dominio que no juegan en el mismo nivel al tratarse de personas físicas, entidades sin ánimo de lucro, etc.

En definitiva, a fin de evitar cualquier tipo de crisis en la reputación, habrá que meditar sobre las acciones a emprender (compraventa, solicitud amistosa, procedimientos arbitrales, justicia ordinaria, o incluso permitir la coexistencia de ambos dominios) y ponderar los riesgos para no generar más crisis que aquella a la que realmente debemos o tenemos que atajar

Autor: Jorge Campanillas Ciaurriz
Fuente: INTECO - Blog de la Seguridad de la Información

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