4 jul 2012

Investigaciones informáticas encubiertas

Muchas veces se hace necesario acudir a una estrategia encubierta para poder conocer de primera mano lo que ocurre frente a una situación irregular o posiblemente ilegal que ocurre en un contexto. En este sentido, los estados y las organizaciones procuran adelantar ejercicio se análisis y recolección de información que le permita acceder o conocer aquello que puede estar afectando sus intereses o los de sus empleados.

Ejecutar este tipo de actividades, calificadas como encubiertas, revelan una serie de intereses y temores que contraponen automáticamente los derechos fundamentales de las personas naturales con los de las personas jurídicas. Así las cosas, este conflicto natural que se presenta frente a las situaciones “encubiertas”, nos reta para establecer un escenario neutral que permita armonizar estas dos condiciones y así poder avanzar en una investigación encubierta que respete las dos vistas del mismo continuo: cuidado y arreglo con las exigencias constitucionales.

En este sentido, se presenta una reflexión base sobre estas actividades, para comprender los alcances de las mismas, las condiciones en las cuales se puede proceder y las exigencias propias de su aplicación, toda vez que en su ejecución será mandatorio el cuidado de los derechos fundamentales de los individuos y la reputación de la compañía.

Conceptos básicos de la investigación encubierta
Detallando los elementos relativos a los métodos y técnicas, propuestos por el Profesor Morales Támara en su libro “La investigación encubierta con fines judiciales como técnica especial de investigación” publicado por la editorial de la Universidad Externado de Colombia, donde se indica que:

“Método es, (…) un conjunto de pasos ordenados racionalmente para la obtención de un fin determinado. (…) que en el campo de la investigación criminal oficial no admite aportes personales porque viene previamente dado por el legislador (…)” y “técnica es saber hacer previo conocimiento del método, (…) que admite aportes personales, especialmente habilidades y destrezas del investigador (…) sin afectar más allá de lo razonable y constitucionalmente permitido los derechos fundamentales de las personas. (…)”, podemos advertir que en el contexto del Código de Procedimiento Penal Colombiano – CPPC (Ley 906 de 2004) existen dos métodos de investigación criminal y diversas técnicas: método abierto y método encubierto.

Contenido completo en fuente original Insecurity IT

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