18 may 2008

Privacidad en las Redes Sociales

Últimamente no paramos de ver en los medios de comunicación tradicionales, blogs y demás medios, artículos sobre la web 2.0 es decir, sobre la web colaborativa y los problemas que ésta conlleva para la privacidad de sus usuarios. Más que centrarme en si afectan o no a la privacidad tal y como la entendemos, cuestión que me parece más que evidente, me gustaría comentar aspectos no tan jurídicos, sino más bien sociológicos y psicológicos, pero que indudablemente acaban por plasmarse en implicaciones eminentemente jurídicas.

La pregunta de partida es sencilla...¿Por qué los usuarios de las redes sociales online hacen pública mucha información personal considerada de un grado de intimidad elevadísimo? Es muy sencillo acceder a cualquiera de las redes sociales más conocidas, como Facebook, MySpace,... y observar cómo muchísimos de sus usuarios publican en su perfil que son de una determinada ideología política, que profesan o no tal o cual religión, que son de una determinada orientación sexual o que tienen o no tienen tal o cual discapacidad.

Las redes sociales han conseguido algo que a muchos profesionales de la psicología y sociología les ha costado y les cuesta años de terapia y conversación, han logrado que la gente, que el público en general, exponga abiertamente cuáles son sus temores, sus miedos, sus gustos, sus fantasías, su ideología, etc... En definitiva, han logrado sin apenas esfuerzo que la gente abra su vida al mundo, sin pedir nada a cambio.

Independientemente del análisis sobre la legalidad o no de lo que posteriormente hacen las redes sociales con los datos de sus usuarios, que sin duda alguna es algo que goza ya de mucha discusión en la red y en los foros especializados, creo que es muy interesante el análisis del cómo han logrado eso, cómo han logrado que alguien, sin pedir nada a cambio, abra su vida al público más amplio que jamás hubiéramos podido imaginar. Creo que la respuesta se encuentra en dos claves esenciales.

  1. El anonimato y sensación de falta de trascendencia de las acciones que se llevan a cabo en la Red.
  2. La sencillez, usabilidad y "amigabilidad" con la que las redes presentan a sus usuarios la Red.

La primera de ellas es una gran conocida de todos los que nos movemos constantemente en la red y, sin duda alguna, la que considero principal culpable de que los usuarios de las redes sociales, de forma completamente libre y sin ningún tipo de consentimiento viciado, faciliten al gran público su información personal. Por otro lado, tenemos lo relativo a la usabilidad, accesibilidad y sencillez de uso de las redes sociales, lo que conlleva que estos usuarios reticentes en el mundo analógico de hacer públicos sus gustos, ideologías, defectos, etc., en el mundo online se desinhiban de tal forma que lleguen a hacer pública su más íntima información personal.

Además del análisis jurídico que los que somos abogados le aplicamos a todo lo que sean redes sociales y nuevos modelos en la red, creo que el análisis sociológico en este caso es absolutamente esencial y previo, ya que será la clave para lograr actuar de forma preventiva con los usuarios y potenciales usuarios de estas nuevas herramientas, recurriendo esencialmente a la información y a la formación en lo que a privacidad, Internet y protección de menores respecta.

Fuente: http://www.inteco.es/blog/Seguridad/Observatorio/BlogSeguridad/ultimos_articulos?postAction=getBlogHome&blogID=1000077536&p=0

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