27 may 2021

Justicia advierte que los bancos SÍ tienen que responder a sus clientes en casos de fraude [Colombia]

De acuerdo con la Corte Suprema de Justicia de Colombia, las instituciones financieras del país no podrán evadir su deber de proveer una indemnización a sus usuarios, solo con probar que obraron "de manera diligente" en un caso de fraude.

Según el alto tribunal, si un tercero sobrepasa o burla los controles de seguridad y verificación, logrando tener acceso a los recursos económicos de un usuario, el banco involucrado deberá responder por los sucesos.

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Así lo señaló la Corte Suprema de Justicia, en un fallo que afirma que el hecho de que una entidad bancaria haya realizado una investigación, no significa que se libere de la responsabilidad que tiene de responder por un fraude ocurrido a través de sus activos financieros.

La sentencia manifiesta que, si bien, los bancos captan dineros del público con la obligación de restituirlos, así mismo deben tener claro su deber de custodiar el dinero y garantizar su seguridad. El fallo asegura que "los bancos son civilmente responsables cuando un tercero accede a esos recursos mediante fraude. La comentada inobservancia comprometerá la responsabilidad civil del banco, salvo que demuestre el acaecimiento de una causa extraña. La institución financiera no puede exonerarse del deber de indemnizar con la simple prueba de haber obrado de manera diligente", relata un aparte de la sentencia.

En la misma línea, la Corte Suprema advierte que el banco no puede evadir su responsabilidad cuando a través de un fraude financiero, el cliente es despojado de sus recursos, aún así, la entidad haya realizado investigaciones, ya que esto se considera una falta al contrato bancario en la que incurre por incumplimiento de los protocolos de verificación.

Un caso reciente de fraude bancario

El pasado 22 de enero, se conoció un caso donde, sin necesidad de impartir violencia, una mujer fue víctima del robo de su tarjeta de crédito, la nueva metodología adoptada por la estafadora fue hacerse pasar por una trabajadora del Banco Davivienda para así ofrecer atractivos beneficios que fácilmente fueran aceptados por la mujer.

Una delincuente contactó a una señora llamándola directamente al teléfono de su casa y se hizo pasar por una funcionaria de Davivienda. Una vez entablaron conversación, la sujeto que hizo la llamada ofreció beneficios a la cliente del banco y le argumentó que su actual tarjeta de crédito ya no servía, por lo que irían hasta su casa a cambiarla.

Inocentemente, la clienta aceptó puesto que no tendría que salir de su hogar y además le iban a entregar una tarjeta completamente nueva. Lo que nunca imaginó era que había caído en manos criminales. Una vez llegó a su apartamento, la supuesta trabajadora mostró documentos membretados donde aparecían los datos del cliente y le entregó una tarjeta nueva. Asimismo, recibió la tarjeta aparentemente dañada y simuló destruirla, sin embargo, se quedó con el chip de seguridad de la misma.

La sorpresa llegó tiempo después, pues según le relató el hijo de la víctima al mismo noticiero, durante el día llegaron mensajes al celular de la mujer donde quedaban registradas las diferentes compras de alto valor que se estaban haciendo con la tarjeta, estas fueron realizadas en distintos establecimientos.

Qué dicen los expertos sobre el fallo

Harol Hernández Albarracín, experto en asuntos civiles, explicó que con el fallo se establece una responsabilidad directa de la entidad bancaria en caso de robo o pérdida de los recursos de un cliente:

La Corte Suprema de Justicia declaró en esta sentencia que las entidades financieras son responsables por la pérdida de sus recursos y están obligadas a indemnizar a los depositantes reembolsándoles el valor extraviado más los intereses de mora causados en la fecha que se pierden los recursos y la fecha de pago.

Así mismo, aseguró que los bancos deben poseer herramientas fidedignas que permitan garantizar la seguridad del dinero que sus clientes depositan: la Corte precisa que las entidades financieras disponen de elementos adicionales que les permitirían establecer unos controles más estrictos para evitar este tipo de fraudes, como el hecho de que sean las mismas entidades financieras las que elaboran los formatos de cheques y establecen sistemas o mecanismos de verificación.

Aún así, la sentencia señaló que la responsabilidad recae en las entidades bancarias, excepto en determinados casos, "por ejemplo, cuando un depositante extravió la tarjeta débito y la tarjeta débito tenía escrita la clave para retirar los recursos".

Fuente: CoracolTV | Infobae

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1 comentario:

  1. El banco responde en caso de:
    "si un tercero sobrepasa o burla los controles de seguridad y verificación".
    No así si el usuario es hackeado y le usan sus credenciales para acceder a su cuenta bancaria y le vacían la cuenta y se piden encima un préstamo preaprobado.
    La gente tiene que saber que el banco nunca va a responder por los hackeos/estafas al usuario o negligencias de usuario que derivan en este tipo de hechos delictivos.


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