1 ago 2009

Los buscadores: ¿son responsables por los contenidos de los sitios que indexan?

La noticia dice que Google y Yahoo han perdido en primera instancia un juicio iniciado por la ex Bandana Virginia Da Cunha, por daños y perjuicios morales y materiales derivados de la publicación que estos buscadores hacían de determinadas fotos e información refrente la Señorita Da Cunha.

Obviamente toda esa información y fotos provenían de la indexación de páginas de terceros que hace Google (que apelará la sentencia)

En su momento yo ya expuse mi posición respecto a estos juicios, por lo quen este post solo intentaré hacer un análisis de los fundamentos que el fallo usó para condenar a los buscadores, y otra información interesante.

Primero quiero volver a destacar que los demandantes desistieron de buscar a quién o quienes habrían publicado originalmente el contenido que terminó causando las lesiones. Con esto es obvio que ese contenido sigue publicado, y con ello, como dice Mariano, en realidad la supuesta lesión moral no se ha detenido, o no era el real objeto del juicio. Si a mi algo me molesta, quiero que no esté mas, si solo quiero que me lo bajen los buscadores, lo pido. Ahora cuando además pido indemnización y desisto de buscar y encontrar a los responsables originales, lo único que quería era plata, y la justicia, al menos en primera instancia, ha dado la derecha a este manejo.

Por otro lado me llama la atención que en el análisis de la responsabilidad se haya considerado como relevante que para los buscadores es posible el “técnicamente factible adecuar la búsqueda de la información que se está en condiciones de brindar, evitando determinadas palabras“. Esto y apoyar la no neutralidad de los buscadores es solo un paso. Si un buscador comienza a editar sus resultados, podría estar tomando posición en temas, y con esto afectaría la libertad de acceso a la información, derecho que en la gran mayoría de los países tiene raigambre constitucional.

También demuestra que no le han explicado al juez en detalle todo el funcionamiento del buscador (y esto es quizás una falla de los colegas que llevaron el expediente por Google y Yahoo) ya que el juez confunde los resultados, con la publicidad de adwords (enlaces patrocinados), al decir “Si bien, la publicación de links no implica necesariamente la existencia de una relación previa entre el buscador y el sitio linkeado, los buscadores cuentan con un sistema de inclusión preferencial de web sites en los resultados de las búsquedas, que bajo el título de enlaces patrocinados, permite que el web site que contrata el servicio aparezca informado en los primeros lugares de los resultados de las búsquedas“.

Es preocupante la decisión en cuanto a la validación de la “culpabilidad del mensajero” por el mensaje, y más allá e independientemente de quién lo hubiera creado. El juez expresamente sostiene que “la presencia de imágenes de VIRGINIA DA CUNHA en sitios de las características expresadas constituyó una afectación de su derecho, y que los demandados deberán responder … por el daño derivado del acceso que posibilitaron a los sitios de contenido pornográfico, sexual y erótico que las alojaban“.

Debo lamentar que Argentina tome desde sus jueces una decisión como esta, que desde mi punto de vista, y de extenderse en los cientos de otros juicios que existen, y confirmarse en las apelaciones podría afectar la forma de desarrollo que tenemos hasta el día de hoy en Internet. Quizás sería momento para que los legisladores tomen parte y adecúen la normativa argentina al nuevo milenio, incorporando normas con alcances similares al DMCA.

Fuente: Gastón Bercun

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