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27 jul 2011

Derecho al olvido en Internet (Think B4 U post)

Publicada en el Número 69 de la Revista DEF (mayo de 2011)

Las tecnologías que marcan esta era digital nos están planteando un nuevo problema para los usuarios de Internet, en especial de las redes sociales, se trata de la cibermemoria, una capacidad ilimitada de guardar “para siempre” las informaciones e imágines que subamos a la red.

Debemos pensar que toda la información propia que subimos nosotros, o nuestros allegados, quedará ahí en la red y no será fácil modificarla o borrarla, ya de nada sirve hacer el borrado de nuestros discos rígidos, el dato que puede perjudicarnos está grabado en Internet. Para tener una dimensión de riesgo alcanza con denunciar que el 75% de los empleadores en los EEUU recurren a la Web para conocer más a quienes se postulan para un empleo.

De las mismas páginas de este número de DEF se desprende que hablamos de más de 2.000 millones de usuarios de Internet, más de 650 millones en el caso de Facebook y más de 170 para Twitter. Agreguemos a estas cifras la estimación de que entre el 60 y el 70% de la información alojada en la red la generan los propios usuarios y no las grandes empresas como podríamos pensar.

Tan cierto resulta que “todo” queda registrado en la Web que Google –nuestra gran enciclopedia de hoy- nos ilustra sobre esta problemática que lo tiene como gran protagonista, incluidas las sentencias judiciales dictadas en su contra. Un tribunal francés condenó a Google a retirar de la lista de resultados de su buscador el enlace a un video pornográfico de una profesora universitaria porque perjudicaba su imagen y constituía un tratamiento ilícito de datos personales.
Rechazó los argumentos de Google de no ser quien publica el video, responsabilizándolo por asociar el nombre de búsqueda de la demandante a los resultados que incluyen el video.

El otro argumento rechazado es el más interesante en la discusión, Google sostiene que se afecta la libertad de expresión, mientras que el tribunal afirma que debe prevalecer el derecho a preservar la privacidad. También se debate si la demanda debe dirigirse contra la fuente de la información (posición de Google), o contra el buscador para que deje de mostrar el enlace (posición, por ejemplo, de la Agencia Española de Protección de Datos). Las redes sociales resultan un fenómeno tan novedoso que no habíamos pensado qué hacer, incluso, con los perfiles y datos de los usuarios que fallecen. Facebook cuenta con un contacto para solicitar la eliminación del perfil, Tuenti (la red española) permite que los familiares lo soliciten, y Twitter ofrece una copia de todos los tweets del fallecido.

La Unión Europea, por su parte, ha comenzado un proceso de reforma de sus Directivas tendiente a reforzar la protección de los datos personales, considerada un derecho fundamental, para generar mecanismos que permitan estos reclamos.

La reflexión que nos queda es que, una vez más, en lo que respecta a protegernos de los riesgos de la tecnología, dependemos fundamentalmente de nosotros mismos. Estamos solos frente a la pantalla de nuestros dispositivos y nadie mejor que nosotros para saber qué puede perjudicarnos de los textos o imágenes que subimos y que pasan a ser compartidas por miles de personas. Como decimos los abogados, con una linda sentencia a veces sólo nos queda hacer un cuadro, como la que ordenara suprimir un dato en Internet que ya ha arruinado nuestra reputación.

Fuente: Ricardo Saenz



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