SAFE. Guía para proteger tu vida digital y tu privacidad

3 may 2007

Primer Debate Nacional de Habeas data

En un post anterior les comentamos que en el IAE se realizaría con fecha 26 de abril un debate sobre temas de habeas data y protección de datos personales. Pues bien, el debate tuvo lugar y el resultado fue un verdadero éxito, no solo por el lugar (el IAE de Pilar) sino por la calidad de sus expositores y el interés del público. El debate tuvo cuatro paneles que trataron sucesivamente los temas de salud, marketing, telecomunicaciones e informes comerciales. Los dos primeros por la mañana, los segundos por la tarde.

El primer panel trató cuestiones de datos personales relacionados con la salud. Estuvo integrado por 3 representantes de Swiss Medical Group (Quevedo, Nocella y Lang) y 1 de Laboratorio Wyeth. Básicamente dijeron que la ley es complicada de aplicar en el ámbito de salud (lo cual es muy cierto), que es un sector que nunca tuvo regulación especifica en este tema, que las multinacionales llevan ventaja porque tienen normas de casa matriz que deben cumplir, que les va a llevar tiempo cumplir las medidas de seguridad, que no saben cómo los van a auditar, que hacen falta normas especiales para el tratamiento de datos en las historias clínicas, medicamentos, laboratorios, etc. y que lo fundamental es el control interno en las empresas de salud.

El segundo panel, que estuvo integrado por los Dres. Puccinelli, Regúnaga de AMDIA y Jacobo Cohen de MercadoLibre.com, quien estuvo de acuerdo en la creación del registro de no llame, pero solo con respecto al teléfono, no con respecto al email. En cuanto a la privacidad en Internet se concluyó que hay mucho camino por recorrer y que es importante la difusión para que los usuarios puedan cuidar su intimidad. Hubo una interesante discusión relacionada con la constitucionalidad del art. 27 del decreto que permite el tratamiento de datos sin el consentimiento del titular, dejando de lado no solo el principio del consentimiento informado del art. 5, sino también lo que establece el art. 27 de la Ley. Se puso de manifiesto la necesidad de tener muy en cuenta la ley a la hora de comprar y vender bases de datos, fundamentalmente por la solidaridad entre cedente y cesionario (que fue cuestionada entre otros por Puccinelli) y se alertó sobre la posibilidad de utilizar datos sensibles para hacer marketing de servicios de salud de acuerdo a lo que permite el art. 27 del decreto. También se hizo alusión al caso de spam que tuvo lugar el año pasado en Argentina (y que fue el primero en el país y en América Latina en aplicar la ley de datos personales a Internet).

La tarde tuvo como protagonistas el tema de telecomunicaciones y el de informes comerciales.

El primero tuvo un panel integrado por los Dres. Horacio Fernandez Delpech, Ernesto Halabi y Ruben Bareiro, moderados por Pablo Palazzi. El debate fue muy interesante porque el Dr. Halabi contó como ganó en primera y segunda instancia el litigio en el cual él actuó como abogado y letrado en causa propia contra la ley de datos de trafico, ley 25.873, y su reglamentación (actualmente el caso esta en la Corte y aguarda sentencia junto con el caso CABASE v. PEN). En la postura opuesta, el Dr. Fernández Delpech justificó la ley en la necesidad de investigar el delito y los hechos ilícitos, recordando la existencia de obligaciones de retención de datos en el derecho comparado. Finalmente Ruben Bareiro nos instruyó con toda su experiencia de casi una década a cargo de delitos informáticos en la Policía Federal Argentina, demostrando lo importante que pueden llegar a ser los datos de tráfico para la investigación del delito penal. Citó un caso de secuestro extorsivo de una anciana con riesgo de salud.

El segundo panel de la tarde trató en forma amplia la problemática actual de los informes comerciales. Contó con la participación de los Dres. Julián Herrero, Analía Schnaidman de la BNL, Claudia Orselli y Gustavo Bricchi (por el BCRA) siendo moderados por Roberto Monaco. Se habló del derecho al olvido y de los datos obtenidos de fuente pública.

En cuanto al reciente dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación PTN sobre el derecho al olvido se criticó su visión limitada del derecho al olvido, en cuanto a que resulta aplicable a las deudas no exigibles. El representante del BCRA señalo que era obligatorio para todas las bases de datos del estado. No sucede lo mismo con el sector privado o con las empresas de informes comerciales que no están obligadas a seguir legalmente a la PTN en sus opiniones. También se critico la visión limitada de la Corte Suprema en el reciente caso de las tarjetas de créditos y la ley de protección de datos personales. Se consideró que la Corte podría haber considerado inconstitucional la prohibición de circulación de información verdadera.

Hay que destacar que cuando se comentó el tema de la obligación de notificar en cabeza de los bancos y de las empresas de informes comerciales, un representante del Congreso señaló que la idea de aprobar dicho proyecto estaba muy retrasada debido a la imposibilidad de implementar en la práctica la obligación de notificar, sin incurrir en grandes costos para todo el sistema, que finalmente terminaran pagando los usuarios del informe comercial.

La organización estuvo a cargo de Facundo Malaureille Peltzer del Estudio Salvochea, Roberto Monaco de Fidelitas, Gustavo Tanus y quien les escribe, aunque mi participación fue muy modesta comparada con la de los primeros tres que he nombrado y quienes deben llevarse todo el merito de este excelente seminario.

Agradezco a Gustavo Tanus por la información sobre lo ocurrido en los dos primeros paneles de la mañana.

Fuente: http://www.habeasdata.org/conferencia-habeas-data-IAE2007



Suscríbete a nuestro Boletín

0 Comments:

Publicar un comentario

Gracias por dejar un comentario en Segu-Info.

Gracias por comentar!