Condena al SPAM
Interesante entrevista a Pablo Palazzi, quien junto a Gustavo Tanus han logrado la primera condena por SPAM en Argentina.
Qué fue lo que los motivó a Usted y al Dr. Gustavo Tanús a iniciar esta causa?
Lo que nos motivó fue que, constantemente y como todo el mundo, recibíamos correo basura todo el tiempo. Desde el año 2000 está vigente la ley 25326, de Protección de Datos Personales, que reglamenta el habeas data. Esa ley, en su artículo 27, dice que se puede hacer o enviar marketing u ofertas comerciales obteniendo datos de fuentes públicas, pero que hay que cumplir con dos derechos de la gente, los que tienen los individuos. En primer lugar que, cuando uno recibe una publicidad, si quiere que no se la envíen más o que lo remuevan de la base de datos, con el fin de que no le sigan enviando correo electrónico, llamando por teléfono o mandándole fax con publicidades, tienen que hacerlo. O sea, el consumidor tiene derecho a que no lo molesten más. Y en segundo lugar, tiene derecho a acceder a sus datos personales. El consumidor tiene derecho a saber por qué figura en la base de datos, qué hay de él en la base de datos, si figura como comprador de raquetas de tenis o como comprador de libros o de revistas o de películas. Tiene derecho a saber.
La entrevista completa puede leerse aquí
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Qué fue lo que los motivó a Usted y al Dr. Gustavo Tanús a iniciar esta causa?
Lo que nos motivó fue que, constantemente y como todo el mundo, recibíamos correo basura todo el tiempo. Desde el año 2000 está vigente la ley 25326, de Protección de Datos Personales, que reglamenta el habeas data. Esa ley, en su artículo 27, dice que se puede hacer o enviar marketing u ofertas comerciales obteniendo datos de fuentes públicas, pero que hay que cumplir con dos derechos de la gente, los que tienen los individuos. En primer lugar que, cuando uno recibe una publicidad, si quiere que no se la envíen más o que lo remuevan de la base de datos, con el fin de que no le sigan enviando correo electrónico, llamando por teléfono o mandándole fax con publicidades, tienen que hacerlo. O sea, el consumidor tiene derecho a que no lo molesten más. Y en segundo lugar, tiene derecho a acceder a sus datos personales. El consumidor tiene derecho a saber por qué figura en la base de datos, qué hay de él en la base de datos, si figura como comprador de raquetas de tenis o como comprador de libros o de revistas o de películas. Tiene derecho a saber.
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