19 oct 2014

Argentina: Avanza el registro "No llame"

La Secretaría de Comunicaciones de la Nación avanza con la implementación a nivel nacional del registro "No llame", en el cual se inscriben quienes no desean recibir en su domicilio comunicaciones telefónicas con fines comerciales.

A través de la resolución 67/14, publicada hoy en el Boletín Oficial, la Secretaría conducida por Norberto Berner, reservó el número telefónico 146 para ser utilizado en el registro "No llame". Sin embargo, no se especifican los plazos ni otros detalles de cómo seguirá la implementación.

Este tipo de iniciativas ya existen en la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires, y a mediados de este año el Congreso nacional aprobó extenderlo a todo el país.

La norma, sancionada el 2 de julio por la Cámara de Diputados, fue oficializada el 5 de agosto a través del decreto 1.233, y partir de ese momento el Ejecutivo tiene 90 días para reglamentarla.

El registro nacional "No Llame" contempla a "toda persona física o jurídica titular o usuario autorizado del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades que manifieste su voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la ley 25.326", indica el texto aprobado por el Congreso.

Tanto la inscripción como la baja del mismo será "gratuita y debe ser implementada por medios eficaces y sencillos".

"La baja sólo puede ser solicitada por el titular o usuario en cualquier momento y tendrá efectos inmediatos", aclara la norma.

Las empresas que publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios "no podrán dirigirse a ninguno de los inscriptos en el Registro Nacional `No Llame` y deberán consultar las inscripciones y bajas producidas en el citado registro con una periodicidad de treinta (30) días corridos a partir de su implementación".

Quedan exceptuados de la normativa las campañas de bien público; las llamadas de emergencia para garantizar la salud y seguridad de la población; las campañas electorales; y las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente, siempre que se refieran al objeto estricto del vínculo y sean realizadas en forma y horario razonables y de acuerdo a la reglamentación.

La ley tampoco incluye en ese punto aquellas llamadas de quienes hayan sido expresamente permitidos por el titular o usuario autorizado de los servicios de telefoníen cualquiera de sus modalidades, inscriptos en el registro nacional "No llame".

La autoridad de aplicación de la norma será la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.

Fuente: Ambito

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2 comentarios:

  1. !!Lástima!! que dentro de las excepciones, estén las campañas electorales.-

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  2. Igual, la baja es "inmediata", el alta podría serlo también no? Estamos en el año 2014 con todo el mundo online.....lamentable. Yo vivo en provincia y me inscribí en el registro provincial, pasaban los meses, y nada cambiaba, llamé al número de atención, y me dijeron que con suerte en 3 o 4 meses deberían dejar de llamarme. "Con suerte", textuales palabras del responsable de turno.......le pregunté "y si me siguen llamando que hago?" "Y, tenés que ir a defensa del consumidor y reclamar". Un chiste......como todo en este país, hay reglas de todos los colores pero los organismos de control brillan por su ausencia.
    Opino que las campañas electorales deberían ser opcionales también, porque molestan a toda hora.
    GGR

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